Contribuciones y ART:
En el marco del programa Trabajadoras de Casas Particulares, los empleadores tienen la obligación de realizar aportes, contribuciones y contratar un seguro de Riesgos del Trabajo (ART) para garantizar la protección social y laboral de las trabajadoras. A continuación, se detalla cada uno de estos aspectos:
1. Aportes Jubilatorios:
- Descripción: estos aportes están destinados a garantizar la jubilación de la trabajadora, asegurando su protección económica en el futuro.
- Cálculo: los aportes jubilatorios se calculan como un porcentaje del salario de la trabajadora, determinado según su categoría laboral y jornada laboral semanal.
- Pago: los empleadores retienen el monto correspondiente de la remuneración mensual de la trabajadora y lo depositan en una cuenta de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
2. Contribuciones a la Obra Social:
- Descripción: estas contribuciones permiten que la trabajadora acceda a servicios de salud y atención médica a través de una obra social.
- Cálculo: las contribuciones a la obra social se calculan como un porcentaje del salario de la trabajadora, determinado según su categoría laboral y la obra social a la que esté afiliada.
- Pago: los empleadores realizan el pago de estas contribuciones a la obra social correspondiente, garantizando así la cobertura médica de la trabajadora.
3. Seguro de Riesgos del Trabajo (ART):
- Descripción: el seguro de ART protege a la trabajadora en caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales.
- Contratación: los empleadores deben contratar un seguro de ART para cada trabajadora, eligiendo una compañía aseguradora autorizada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).
- Cobertura: este seguro brinda cobertura médica, indemnización por incapacidades temporales o permanentes, y asistencia en caso de fallecimiento por accidente laboral.